martes, 14 de septiembre de 2021

ASAMBLEA GENERAL DE INTERVENCIÓN CONVOCADA POR SBS EN COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO - PERU

 ASAMBLEA GENERAL DE INTERVENCIÓN CONVOCADA POR SBS

EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE INTERVENCIÓN DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO NO AUTORIZADAS A CAPTAR RECURSOS DEL PÚBLICO DE LOS NIVELES 1° y 2°
RESOLUCIÓN SBS N° 02655-2021 (El Peruano 10-09-2021)
Para garantizar una correcta administración de los recursos de las COOPAC y no esperar llegar a un proceso de disolución y liquidación tardío es necesario que el órgano supervisor tome las medidas precautorias y una de ellas a nivel asociativo es la ASAMBLEA DE INTERVENCION ,regulada en la Ley N°30822
En el caso de Consejos de Administración SIN MANDATOS VIGENTES por elecciones realizadas con observaciones de convocatorias, quorum, votaciones, reelección, continuación de asambleas, remociones y prorrogas de mandatos hacen que dichas COOPAC , en la fecha no tengan su inscripción en SUNARP y las SUBSABACIONES VIA ACTAS DE REAPERTURA, no son de conocimiento de los socios o delegados que participaron en dichas asambleas , modificando los acuerdos realizados, por ello lo más recomendable es convocar a una ASAMBLEA DE SUBSANACION del título observado y que sea la asamblea general de socios o delegados como autoridad máxima de la cooperativa que defina las observaciones del registrador y participación del Comité Electoral .



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