A 20 años de la aprobación de la Recomendación N°193-2002 de la OIT
La Recomendación N°193-2002 de la OIT
pide a los legisladores que permitan que las cooperativas participen
activamente en todos los sectores. la Recomendación N°. 193 se utilizó para
revisar, enmendar o comenzar a elaborar nuevas leyes y políticas en 97 de los
185 Estados Miembros de la OIT (el 52,4 por ciento).
. Se ha de dar prioridad a las
solicitudes de los Estados Miembros de la OIT que aún no han utilizado la
Recomendación para revisar la política y la legislación en materia cooperativa.
Respecto al marco político y al papel
de los gobiernos frente a las cooperativas, la Recomendación señala:
- Las Cooperativas deben beneficiarse
en condiciones conformes con la legislación y práctica nacionales, que no sean
menos favorables que las que se concedan a otras formas de empresa y de
organización social.
- Los gobiernos deberían adoptar,
cuando proceda, medidas apropiadas de apoyo a las actividades de las
cooperativas que respondan a determinados objetivos de política social y
pública, como la promoción del empleo o el desarrollo de actividades en
beneficio de los grupos o regiones desfavorecidos.
- Las medidas de apoyo a las
cooperativas, podrían incluir, entre otras y en la medida de lo posible,
ventajas fiscales, créditos, subvenciones, facilidades de acceso a programas de
obras públicas y disposiciones especiales en materias de compras del sector
público.
Su aplicación en Perú a 20 años de su
Aprobación: El Pleno del Congreso de la República, en su sesión celebrada el
día 15 de marzo del 2007, aprobó con modificaciones introducidas en el curso el
debate, la Moción
de Orden del Día número 914, ACUERDA:
1.- Constituir una Comisión Especial Encargada de Evaluar el Cumplimiento de la
Recomendación Nº 193 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
referente a la Promoción de las Cooperativas, convocara a los representantes y
académicos del sistema cooperativo nacional e instituciones vinculadas con el
sector, a fin de recoger sus propuestas y constituir mesas de trabajo”.
Asimismo, se acordó otorgar un plazo de 180 días útiles para culminar su labor,
plazo que se computa a partir del día de su instalación. Culminadas las Labores
encomendadas, la citada comisión procederá a remitir sus
conclusiones,recomendaciones y propuestas al Pleno del Congreso de la
Republica.